El Código Penal establece para funcionarios públicos:
- Art. 277 sobre la omisión de denuncia, indica que “la persona en calidad de servidor público y en función de su cargo, conozca de algún hecho que pueda configurar una infracción y no lo ponga inmediatamente en conocimiento de la autoridad, será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días.”
Y para docentes y responsables de la educación:
- Art. 355 Toda autoridad o directivo de un establecimiento educativo, docente o administrativo, estudiante o cualquier otra persona que tuviere conocimiento de un acto de acoso u hostigamiento sexual en perjuicio de uno o más estudiantes tendrá la obligación de denunciar al presunto hostigador a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos.”
Pero más allá de la ley, SOMOS TODOS, los responsables de proteger a nuestros niños y apoyar a los adultos en el trabajo constante de una crianza sana y protegida.
Si conoces casos de abuso sexual o maltrato infantil, si eres víctima o tienes miedo de serlo, ¡DENUNCIA!
Entidades responsables:
- Fiscalía General del Estado: Recepta denuncias de casos de abuso sexual.
- Dinapen: Investiga el caso, rescata a los niños de sus agresores y los protege durante la investigación. Telef. 295 5734 / 295 0214
- Junta de Protección: Recepta denuncias de maltrato por parte de profesores, médicos, servidores públicos, etc.
- Defensoría pública: recepta denuncias de violencia infantil y brinda asesoría legal a las víctimas y protectores.
- Ecu911: Actúa de manera inmediata ante una denuncia de maltrato y agresión.